Rousseau preconizaba
un “contrato social” tácito, mediante el que todos los ciudadanos renunciaban
parcialmente a su libre albedrío, que se depositaba en el Estado, de manera que
éste podía redactar y ejecutar las leyes que obligaban a todos. De esta manera
las voluntades individuales quedaban voluntariamente restringidas en favor de
algo superior y más socialmente eficiente: la voluntad general.
En las
democracias parlamentarias actuales, esa renuncia se canaliza mediante el
mecanismo de la representatividad. Diversos partidos presentan sus programas de
gobierno a los ciudadanos, y cada ciudadano elige para que le represente al
partido que más se acerca a sus intereses, valores, y creencia. Así surge un
Parlamento que representa al conjunto de ciudadanos, y de él un gobierno que se
encarga de llevar a cabo el programa que había propuesto a los electores.
Una de las
ideas que ha impulsado la manifestación del 25S ha sido la de “no nos
representan”. Es el resultado del desprestigio galopante de los políticos en
general, unido al hecho de que el Partido Popular viene tomando una serie de
medidas completamente contrarias a las que figuraban en su programa de
gobierno. Con independencia de que la inmensa mayoría de los que se quejan de
ese incumplimiento son ciudadanos que no han votado al Partido Popular,
persiste el problema del flagrante incumplimiento de contrato –cosa que, por
otra parte, vienen haciendo todos los gobiernos en España desde el asunto de la
salida de la OTAN-.
¿Qué pueden
hacer los ciudadanos cuando los políticos en el gobierno rompen unilateralmente
el contrato social que les legitima para gobernar? ¿Tienen que esperar
resignadamente hasta las siguientes elecciones para suscribir otro contrato con
otro partido, que volverá a incumplirlo? ¿Están legitimados para romper también
su compromiso con el Estado y recuperar su libre albedrío completo? Y en ese
caso ¿eso incluiría retirarle al Estado el privilegio del uso exclusivo de la
violencia? ¿Se pueden crear mecanismos legales eficientes para castigar
penalmente los incumplimientos de un gobierno? ¿Qué pasaría cuando el
incumplimiento se debiera a un gobierno de coalición en el que ningún partido
puede imponer su propio programa? ¿Cómo diferencias los incumplimientos
derivados de falsas promesas de los debidos a la evolución imprevisible de los
acontecimientos?
¿Cómo diferencias los incumplimientos derivados de falsas promesas de los debidos a la evolución imprevisible de los acontecimientos?
ResponderEliminarA Zapatero la evolución imprevisible ... bueno no tan imprevisible...de los acontecimientos se lo llevaron por delante.... y para falsas promesas las del Gobierno de Rajoy... fácil pregunta... Tessa....
Los ciudadanos votamos a unos representantes, de acuerdo con un programa, y con unas promesas. Si ese Gobierno elegido en base a ese programa y esas promesas...INCUMPLE SISTEMATICAMENTE SU PROGRAMA, PARA MI SE LE TERMINA LA LEGITIMIDAD.
ResponderEliminarHasta donde se ve obligado a cambiar sus promesas...y hasta cuando utliza su eleccion para imponer su ideologia, esa que nego para llegar a sus fines?
Si resulta que es la REALIDAD, esa que ellos tan bien conocian y que tanto reprocharon a Zapatero de no conocer...la que les obliga a incumplir sus promesas electorares...QUE VUELVAN A LA REALIDAD, Y SEAMOS DE NUEVO LOS CIUDADANOS LOS QUE CON OTRO PROGRAMA, VOLVAMOS A ELEGIR A NUESTROS REPRESENTANTES.
Para mi el incumplimiento del programa y no solo en una cosillla...es que es LA TOTALIDAD, hace que para mi CARECEN DE TODA LEGITIMIDAD.
Esto es un INCUMPLIMENTO DE CONTRATO MANIFIESTO...POR MI PARTE RAJOY Y TODO SU GOBIERNO DIMISION!